TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO GUSTAVO MACÍAS ZAMBRANO, PARA REFERIRSE AL DICTAMEN CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS PÁRRAFOS CUARTO Y QUINTO DEL ARTÍCULO 33 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS.

18 de Abril de 2023

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Ciudad de México, 18 de abril de 2023

 

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DEL DIPUTADO GUSTAVO MACÍAS ZAMBRANO, PARA REFERIRSE AL DICTAMEN CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN LOS PÁRRAFOS CUARTO Y QUINTO DEL ARTÍCULO 33 DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS.

 

DIPUTADO GUSTAVO MACÍAS ZAMBRANO (GMZ): Con su venia, Diputada Presidenta

 

Saludo con mucho gusto a mis compañeras y compañeros de esta Legislatura.

 

Saludo también a quienes nos ven a través del Canal del Congreso.

 

Quiero aprovechar, además, para a agradecer en general a mis compañeras diputadas y diputados, por haber aprobado esta iniciativa en la Comisión Anticorrupción, en la Comisión de Transparencia y Anticorrupción, agradecerles el haber discutido y aprobado por unanimidad esta iniciativa, que vendrá pues a facilitar el trabajo de quienes aplican la Ley en el país.

 

Igualmente, quiero aprovechar para enviar un saludo a la gente de Tequila que acaban de celebrar sus 493 años de fundación, lo mismo que el municipio de Ahualulco.

 

Igualmente, desearles el éxito a los municipios de Colotlán, que es la capital mundial del pitiado, al municipio de Tala que, están por celebrar también el fin de la zafra de caña y al municipio de San Marcos, que son parte de mi distrito, ojalá que les vaya muy bien en las celebraciones que están en puerta.

 

Conforme al índice de precepción de la corrupción del 2022, México se encuentra en el lugar 126 de 180 países evaluados, entre los 38 países que integran la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico, México ocupó la última posición.

 

En este sentido, la ONU nos recuerda que las medidas en contra de la corrupción pueden ayudar a promover el desarrollo sostenible y a fomentar la confianza de las sociedades en el Estado de Derecho y en la rendición de cuentas.

 

El acto primario de rendición de cuentas que puede tener cualquier servidor público, es precisamente la presentación de su declaración patrimonial, dado que la misma significa el refrendo del servidor público hacia la sociedad de que no se está aprovechando de su posición para beneficio personal, sino que a través de su cargo cumple con la vocación de servicio.

 

La ley prevé que cuando los servidores públicos no presentan su declaración inicial o anual, se le realiza un requerimiento para que cumpla su obligación, en un plazo de 30 días; sin embargo, no dicen nada de plazo para las declaraciones de conclusión del encargo, por lo que los órganos internos de control no tienen claro cuántos días deben otorgar una vez hecho el requerimiento de este tipo de declaraciones finales.

 

Es por ello, que siempre será conveniente que las normas que regulen las bases en la presentación de las declaraciones por parte de los servidores públicos, sus procesos y las consecuencias derivadas del incumplimiento a tal obligación, sean claras para los servidores públicos como para los órganos internos de control.

 

La propuesta realizada surge como inquietud de diversos titulares de contralorías municipales de mi distrito, quienes muchas veces se encuentran fragmentos normativos que son poco claros o contradictorios y esto les complica mucho su actuar como agentes responsables de la operación y cumplimiento de la Ley General de responsabilidades administrativas.

 

Con la reforma que hoy aprobaremos al artículo 33, daremos claridad al proceso de presentación de la declaración inicial, de modificación patrimonial y de conclusión del encargo; así como las consecuencias que producen la omisión de las mismas.

 

Con ello, evitamos la corrupción de la impunidad, cerrando recovecos para quiénes han incurrido en faltas administrativas, pero también, por otro lado, evitamos violar los derechos de los servidores públicos.

 

A veces pequeños cambios normativos se traducen en un gran favor a los operadores de las leyes, en este caso la propuesta se hizo apostando otorgar certidumbre jurídica a los servidores públicos y a los órganos internos de control, a fin de evitar improvisaciones en el ejercicio de la función que se pueden convertir en actos arbitrarios o carentes de la respectiva garantía de legalidad.

 

Falta mucho por hacer, pero hoy damos un paso fundamental para fortalecer nuestra Ley de Responsabilidades Administrativas y, por ende, el Sistema Anticorrupción y la rendición de cuentas en nuestro país.

 

Es cuanto, diputada presidenta.

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