BOLETÍN 150. A PETICIÓN DEL PAN, LA FUNCIÓN PÚBLICA INVESTIGARÁ LAS IRREGULARIDADES POR PARTE DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS EN LA REVOCACIÓN DE MANDATO

21 de Abril de 2022

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Ciudad de México, a 21 de abril de 2021

BOLETÍN 150

 

  • Diversos funcionarios públicos del Gobierno promovieron la revocación de mandato haciendo uso de recursos materiales y monetarios de la Administración Pública Federal
  • EL GPPAN presentó las denuncias y acciones legales, encaminadas a buscar la sanción de los Servidores Públicos, para evitar la normalización y crecimiento de la impunidad, así como frenar las constantes violaciones a la ley por parte de la 4T

 

La Función Pública notificó que recibió e iniciará las investigaciones correspondientes a las denuncias presentadas por las y los diputados del Grupo Parlamentario del PAN, por parte del  diputado Guillermo Huerta Ling, donde exigieron al Secretario de la Función Pública, Roberto Salcedo Aquino, realizar las investigaciones necesarias para identificar y sancionar irregularidades por parte de diversos funcionarios del Gobierno Federal que se encontraron promoviendo la consulta sobre la revocación de mandato haciendo uso de recursos materiales y monetarios de la Administración Pública Federal.

 

Asimismo, la Función Pública, señalo que fue ingresado al Sistema de Control de Gestión el 5 de abril del presente año, asignándole el folio universal 31610/2022 y que con fecha 8 de abril del 2022 fue registrado bajo el número de expediente DGDI/DIE/SEGOB015/2022, quedando a cargo de la Dirección de Investigaciones “E”, la tramitación e integración de la sumario mérito; por el posible incumplimiento legal en materia de responsabilidades, por lo que, se practicarán las investigaciones conducentes, a efecto de contar con los elementos que permitan adoptar la determinación que en derecho corresponda.

 

Lo anterior, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 14, 16, 108 y 109, fracción III y IV primer párrafo in fine de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, 3 fracciones II y XIII, 4, 7, 8, 9 fracción 1, 10, 90, 91, 93, 94, 95, 96, 97, y demás relativos de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; 1, 2, fracción 1, 14,16, 18, 26 y 37 fracción XVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 4, 6 fracción V, inciso D), numeral 1, subinciso c), 69, 70 fracción III, 73 fracciones I, III, V, VI y 92 fracción I, inciso h) del Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública Vigente; Décimo Noveno y Vigésimo Sexto de los lineamientos para la atención, investigación y conclusión de quejas y denuncias, vigentes.

 

“Dichas acciones, constituyen una falta a lo establecido en el Artículo 35, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en donde se señala que queda prohibido el uso de recursos públicos con fines de promoción y propaganda relacionados con los procesos de revocación de mandato”, precisó el diputado Huerta Ling.

 

Mencionó que las acciones cometidas por los diversos Servidores Públicos constituyen actos susceptibles de responsabilidad administrativa.

 

Al finalizar, el legislador puntualizó que los integrantes del GPPAN en la Cámara de Diputados seguirán presentando denuncias y acciones legales, encaminadas a buscar la sanción de los Servidores Públicos y con ello evitar la normalización y crecimiento de la impunidad y frenar las constantes violaciones a la ley por parte de la 4T.

 

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  • HUERTA LING GUILLERMO OCTAVIO