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Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona la Ley Federal de Sanidad Animal en materia de uso de antimicrobianos, a cargo de la diputada Marisol Vargas Bárcenas

MARTES, 18 DE ABRIL DE 2017

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE REFORMA Y ADICIONA LA LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL EN MATERIA DE USO DE ANTIMICROBIANOS, DE LA DIPUTADA MARISOL VARGAS BÁRCENA, DEL GRUPO PARLAMENTARIO DEL PAN

La que suscribe, Diputada Federal Marisol Vargas Bárcena, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional de la LXIII Legislatura del Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a la consideración de esta Honorable Soberanía la siguiente Iniciativa con proyecto de Decreto por el que se reforman los artículos 19, 92, 97 y 143 de la Ley Federal de Sanidad Animal; al tenor de la siguiente:

 

Exposición de Motivos

La resistencia a los antimicrobianos (AMR, por sus siglas en inglés) se produce cuando las bacterias, virus, parásitos y hongos desarrollan resistencia frente a los medicamentos empleados para su tratamiento. Es un fenómeno que se está presentando  en todo el mundo y tiene como consecuencia la incapacidad para tratar las enfermedades infecciosas, socavando avances en materia de salud y la medicina.

De acuerdo a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), los agentes antimicrobianos son medicamentos que se utilizan para tratar las infecciones, en concreto las de origen bacteriano, son esenciales para preservar la salud humana y la sanidad animal, así como el bienestar animal. El uso excesivo o inadecuado de los agentes antimicrobianos puede provocar la aparición de bacterias resistentes a la acción de estos fármacos, fenómeno que se ha presentado en las últimas décadas. La resistencia a los antimicrobianos pone en riesgo el control de las enfermedades en todo el mundo, y por lo tanto, un problema de salud humana  y de sanidad animal.

Asimismo, la resistencia a los antimicrobianos, es motivo de la generación de problemas en materia de inocuidad de los alimentos, toda vez que el uso desmedido de agentes antimicrobianos en animales y cultivos destinados a la producción de alimentos, constituye un factor potencialmente importante de riesgo de selección y propagación de microorganismos resistentes en los seres humanos a través del consumo de alimentos.

Tanto expertos de la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) y la Organización Mundial de la Salud (OMS), en materia de AMR han concluido que los microorganismos resistentes a los antimicrobianos transmitidos en los alimentos generan un problema de inocuidad alimentaria, por lo que estiman que es necesario el desarrollo de estrategias estructuradas y coordinadas para el análisis de riesgo de la AMR.

Los organismos internacionales citados han establecido directrices sobre el análisis de riesgo que han proporcionado enfoques amplios y estructurados para abordar el posible efecto sobre la salud pública de los microorganismos AMR de origen animal a través de los alimentos. Como resultado de estas acciones se ha creado un marco estructurado para el análisis de riesgo para atender una probable afectación a la salud humana asociado con la presencia y transmisión en alimentos de microorganismos; marco que incluye una serie de principios generales para el análisis de riesgo AMR transmitido por los alimentos.

Dentro del 71º período de sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas, los Jefes de Estado se comprometieron a adoptar una estrategia de amplio alcance y coordinada para abordar las causas fundamentales de la AMR en múltiples sectores, en especial en la salud humana, la salud animal y la agricultura.

Los países miembros reafirmaron su compromiso para el desarrollo de planes nacionales de acción frente a la AMR, tomando como base el Plan de Acción Mundial sobre la resistencia a los antimicrobianos 2016 – 2020; proyecto que desde 2015 se desarrolló por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en colaboración con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) y la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).

Entre las principales finalidades del plan está el acabar con el mal uso de medicamentos antimicrobianos en la salud humana, sanidad animal y agricultura, toda vez que se ha reconocido la necesidad de controlar las infecciones resistentes a los medicamentos y el volumen de antimicrobianos utilizados en seres humanos, animales y cultivos.

En tanto, los miembros de la Asamblea también se comprometieron a realizar diversas acciones, entre las que destacan la revisión del marco regulatorio de los antimicrobianos,  el desarrollo de las capacidades institucionales para un mayor conocimiento del fenómeno, trabajos dirigidos a la concienciación, la promoción de las mejores prácticas, el fomento de enfoques innovadores utilizando alternativas a los antimicrobianos, así como la aplicación de nuevas tecnologías.

En el Plan de Acción Mundial sobre la resistencia a los antimicrobianos 2016-2020, se advierte que el aumento de la resistencia antimicrobiana (AMR) es una amenaza importante para la salud humana y animal que pone en peligro la medicina moderna, humana y veterinaria, además de socavar la seguridad de los alimentos y el medio ambiente.

Se considera que los agentes antimicrobianos juegan un papel crítico en el tratamiento de enfermedades de animales de granja (acuáticos y terrestres), así como en plantas; su uso es esencial para la seguridad alimentaria y la sustentabilidad de ecosistemas, pero el abuso de los fármacos, asociado con la aparición y propagación de agentes antimicrobianos resistentes, pone en riesgo todos estos elementos.

Se estima que el riesgo es particularmente alto en los países en los que la legislación y la vigilancia es débil o inadecuada, por lo que los planes de las organizaciones internacionales están dirigidos para avanzar hacia el uso responsable de los antimicrobianos en la agricultura y la ganadería.

Por ello, como parte de la estrategia del Plan de Acción Mundial sobre la resistencia a los antimicrobianos 2016-2020 está el mejorar la concienciación sobre el uso de las AMR y las amenazas conexas; el desarrollo de las capacidades de vigilancia de la AMR en los alimentos, la agricultura y la ganadería; el fortalecimiento de la gobernanza sobre los AMR; la promoción de las buenas prácticas en los sistemas alimentarios y agrícolas; y el uso prudente de los antimicrobianos.

En la Asamblea General de las Naciones Unida se llegó a la conclusión de que los elevados niveles de AMR de los que se tiene registro al día de hoy, es consecuencia del abuso y mal uso de los antibióticos y otros antimicrobianos en seres humanos, animales y cultivos, incluso de la propagación de los residuos de estos medicamentos en el suelo, los cultivos y el agua. La resistencia a los antibióticos se considera como la amenaza global más importante y urgente, que necesita de la atención internacional y nacional.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), asegura que México mantiene alianzas con organizaciones internacionales que ya trabajan en este problema, como la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), el Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA), la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización Panamericana de la Salud (OPS) y el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA).

De igual forma, la SAGARPA ha informado que, desde el año 2014 participa en un proyecto interinstitucional para dar seguimiento al sistema de vigilancia integrada de la resistencia a los antimicrobianos en México a partir de lineamientos y experiencias internacionales. Entre las prioridades de estas acciones está la creación de una red de monitoreo para evitar el uso inadecuado de medicamentos antimicrobianos.

Asimismo, a través del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), dependiente de la SAGARPA, se anunciaron una serie de acciones para que, a partir del intercambio de experiencias, para delinear un plan nacional integral.

Estos esfuerzos están dirigidos a vigilar el buen uso de medicamentos veterinarios de calidad, especialmente los agentes antimicrobianos, para impedir que el fenómeno de AMR se convierta en un problema de salud pública. Por ello, es necesario establecer en las leyes, reglamentos y normatividad aplicable, las acciones que deberán realizar las autoridades dirigidas a incentivar el buen uso de los agentes antimicrobianos.

Derivada de las disposiciones de la Ley Federal de Sanidad, la Norma Oficial NOM-012-ZOO-1993, “Especificaciones para la regulación de productos químicos, farmacéuticos, biológicos y alimenticios para uso en animales o consumo por éstos”, establece que se deben especificar todas aquellas situaciones que representen un peligro tanto en el manejo del producto como en su uso, mencionando el antídoto correspondiente. Para el caso de antimicrobianos o cualquier otro producto cuyo principio activo pueda crear resistencia antimicrobiana o dejar residuos tóxicos, debe indicar el tiempo de retiro del producto antes del sacrificio de los animales o bien, el tiempo en que no deben consumirse los productos o subproductos de los animales tratados.

En tanto, la Norma Oficial NOM-040-ZOO-1995, “Especificaciones para la comercialización de sales puras antimicrobianas para uso en animales o consumo por éstos”, regula la utilización de las sales puras antimicrobianas que son utilizadas en la elaboración de medicamentos y alimentos para uso en animales o consumo por éstos, por lo que tiene como fin garantizar la integridad física y química de los mismos.

Así también, la Norma Oficial NOM-064-ZOO-2000, “Lineamientos para la clasificación y prescripción de productos farmacéuticos veterinarios por el nivel de riesgo de sus ingredientes activos.” Se emitió para establecer los criterios técnicos y científicos para la clasificación, prescripción, comercialización y uso de los ingredientes activos empleados en la formulación de los productos farmacéuticos veterinarios por su nivel de riesgo, para evitar que éstos puedan ser nocivos a la salud animal, y su posible repercusión a la salud pública.

Por la importancia de la resistencia a los antibióticos y antimicrobianos, el Consejo Nacional de Salud solicitó normar el uso de antibióticos usados como promotores de crecimiento y metafilaxis; retirar las indicaciones (uso y dosis) de las etiquetas de los antimicrobianos comerciales y no liberar antimicrobianos exclusivos de uso humano para su uso en medicina veterinaria.

Esta propuesta derivó en una reforma a la Ley Federal de Sanidad Animal en 2012, sobre la revisión del registro y la política de solicitar receta médica firmada por un médico veterinario, así como cursos por parte de las asociaciones de especialistas para actualizar a los médicos veterinarios en puntos tales como clasificación de los antimicrobianos, como elegir un antibiótico, rotación, acciones de retiro, entre otros aspectos.

Por lo que es fundamental articular las medidas y esfuerzos para garantizar un acceso adecuado a agentes antimicrobianos eficaces para para el tratamiento de las enfermedades animales, a través de una planificación que permita recabar información, generar diagnósticos, programas y expedir la normatividad correspondiente para que el personal técnico capacitado cuente con los elementos necesarios que le permitan realizar un monitoreo y vigilancia dirigido a procurar la salud pública.

Por lo anteriormente expuesto, me permito someter a la consideración de esta honorable soberanía, la siguiente Iniciativa con proyecto de Decreto que reforma y adiciona la Ley Federal de Sanidad Animal:

ARTÍCULO ÚNICO.- Se reforman los artículos 19, 92, 97 y 143 de la Ley Federal de Sanidad Animal, para quedar como sigue:

Artículo 19.- La Secretaría establecerá mediante disposiciones de sanidad animal, las características y especificaciones que deberán observarse para procurar el bienestar que todo propietario o poseedor de animales debe proporcionarles, a fin de que los inmunice contra las enfermedades y plagas transmisibles que los afecten, procurando un uso adecuado de antibióticos y antimicrobianos, y les proporcione la alimentación, higiene, transporte y albergue y en su caso entrenamiento apropiados conforme a las características de cada especie animal, con el objeto de evitar su estrés y asegurar su vida y su salud.

Artículo 92.- …

 

 

La Secretaría podrá editar y difundir guías técnicas de información al usuario para fines de registro o autorización de productos para uso o consumo animal y realizará un plan que incluya un programa de monitoreo, vigilancia y control de los mismos que apoye la toma de decisiones y la implementación de buenas prácticas pecuarias para su uso prudente y responsable.

Artículo 97.- Cuando exista evidencia científica de que un producto registrado o autorizado cause riesgo zoosanitario o de contaminación de bienes de origen animal o bien no cumple con las especificaciones a que está sujeta su formulación, fabricación, almacenamiento, producción, comercialización, aplicación, uso y manejo, la Secretaría procederá a revocar su registro o autorización, ordenar el retiro del mercado o determinar las medidas zoosanitarias correspondientes; así como a difundir información sobre los riesgos de dichos productos.

Artículo 143.- Para la coordinación y ejecución de las campañas zoosanitarias, acciones de promoción, capacitación y educación en salud y bienestar animal o los programas sobre buenas prácticas pecuarias, la Secretaría autorizará a las organizaciones de los sectores involucrados de la cadena sistema producto en los lugares en que el riesgo zoosanitario o de contaminación de los bienes de origen animal lo justifique, como organismos auxiliares de cooperación en materia de sanidad animal.

 

 

 

 

 

DIP. MARISOL VARGAS BÁRCENA.

Diputados

 

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