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Transcripción de la intervención de la Dip. Marisol Vargas, para presentar iniciativa que reforma el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, durante el desarrollo de la Sesión Ordinaria

MARTES, 20 DE MARZO DE 2018

Ciudad de México, 20 de marzo de 2018

TRANSCRIPCIÓN DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIPUTADA MARISOL VARGAS BÁRCENA, PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DURANTE EL DESARROLLO DE LA SESIÓN ORDINARIA

 

DIPUTADA MARISOL VARGAS BÁRCENA (MVB):  Gracias, Presidenta, con su permiso.

 

En México se ejercen por día en las contrataciones públicas, más de 500 mil millones de pesos anualmente.

 

Este enorme poder de compra influye sustancialmente en la vida económica, social y política del país. Sus efectos potenciales pueden provocar ventajas en materia social, medioambiental, de innovación y para apoyos para las Mipyme, que repercutan positivamente en la economía y bienestar de los mexicanos.

 

A esta potencialidad se le denomina “contratación pública estratégica”. A nivel internacional la contratación pública ha dejado de ser sólo un medio para el abastecimiento de productos o servicios de la mejor calidad posible al menor precio, para transformarse en una herramienta que impulsa la implementación de políticas públicas para el desarrollo económico, social y el bienestar.

 

El sistema de compras públicas en México tiene su base constitucional en el artículo 134, en él se ordena que los recursos públicos sean administrados conforme a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia y honradez para satisfacer los objetivos a los que estén destinados, y que las adquisiciones, arrendamientos y enajenaciones de todo tipo de bienes, prestación de servicios de cualquier naturaleza y la contratación de obra se hagan mediante licitaciones para asegurar al Estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio, calidad, financiamiento, oportunidad y demás circunstancias pertinentes.

 

Sin embargo, no se encuentra considerado como un principio a la contratación pública estratégica, no obstante, se considera en forma circunstancial dentro de las metas y objetivos del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018.

 

Según la OCDE,  las compras públicas representan en promedio el 29 por ciento del Producto Interno Bruto de los países miembros, en tanto para el caso de México, es del 20 por ciento.

 

La reforma que se propone servirá para que la aplicación del dinero público en México no pierda de vista objetivos esenciales de desarrollo, de desarrollo económico, social e institucional duradero al tiempo en que se perfeccionan las previsiones de transparencia, participación social y rendición de cuentas que se requieren para enfrentar la amenaza de prácticas corruptas.

 

Se trata en síntesis de una solución que permitiría aprovechar la contratación pública para dar cumplimiento a objetivos de políticas públicas concretas para el desarrollo nacional, al tiempo que se evitan y combaten actos de corrupción.

 

En esta reforma constitucional establece como un principio la compra pública estratégica en el ejercicio de los recursos públicos, con el objetivo de trascender a los cambios en la administración pública o bien a cada proyecto sexenal.

 

Esta reforma se inscribe en la necesidad de fijar los principios y criterios para una mejor gobernanza, una mejor forma de gestionar los asuntos públicos, de modo que se logre un desarrollo económico, social e institucional duradero y, sobre todo, se establezca las bases del derecho a una buena administración.

 

Muchas gracias por su atención.

 

Gracias, Presidenta.

 

  • Turnada al a Comisión de Puntos Constitucionales 

 

--ooOOoo--

AVC

AUDIO DE LA INTERVENCIÓN DE LA DIP. MARISOL VARGAS BÁRCENA PARA PRESENTAR INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 134 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, EN LA SESIÓN ORDINARIA



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