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[Excélsior]: “Fotomultas inconstitucionales” – Artículo del Diputado Federico Döring (12-03-17)

DOMINGO, 12 DE MARZO DE 2017

La aplicación de las fotomultas en la Ciudad de México ha terminado de caer en desgracia. Jamás han sido eficientes, son opacas y su efectividad es más que cuestionable.

Representan una burla de intento para aplicar, respetar y castigar por un Reglamento de Tránsito deficiente, mal implementado, pero, sobre todo, cuestionado por su alto grado de incongruencia, pues no corresponde a las reales condiciones de movilidad de esta ciudad.

Se trata esencialmente de un programa recaudatorio mal aplicado. Pero que sí ha representado ser un negocio pues, tan sólo en 2016, representó Ingresos por el orden de los mil 180 millones de pesos. Nada despreciables, máxime si consideramos que la empresa encargada de la operación de los radares se embolsa el 46 por ciento de esta suma. El resto pasa a las arcas de la ciudad.

Los radares instalados a lo largo de la ciudad no han logrado resolver el grave problema de tráfico que vivimos a diario. Se presume que han salvado vidas por reducir la velocidad de circulación. Claramente no se han dado cuenta que la velocidad promedio en la ciudad ronda los 6 kilómetros por hora. El gobierno de la ciudad quiso cambiar las pautas en la circulación con un nuevo Reglamento de Tránsito, que entró en vigor en noviembre de 2015, pero de manera fallida.

Su articulado deja ver las pifias desde su concepción con apartados que rayan en la incongruencia. Lo cual ha dejado de ser una percepción con el fallo del Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa, quien ha declarado la inconstitucionalidad de la aplicación de las fotomultas.

No es de extrañar. El Reglamento de Tránsito viola el artículo 14 constitucional al aplicar una pena a un ciudadano sin el debido derecho de audiencia y defensa.

Los sancionados con una fotomulta no se enteran de esta pena hasta que es muy tarde, cuando se te impide realizar otro trámite, como la verificación, por una deuda con el gobierno. Una deuda de la que, seguramente, nunca te enteraste.

Un gobierno puesto para sancionar. Para agredir a la gente. Imponer multas, aunque se violen los derechos básicos constitucionales de los ciudadanos. El fallo del juez es claro: las personas deben tener derecho de defensa ante cualquier acto privativo de la vida, libertad y derechos. No puede ser unilateral.

Desafortunadamente, el fallo aplica únicamente al ciudadano que promovió el amparo en busca de justicia. No obstante, deja abiertas las puertas. Sienta un precedente. De acumularse otros casos, podría revertirse la aplicación de las fotomultas.

No se les desea fracaso alas políticas públicas. Pero sí se exige congruencia y respeto por los derechos de los ciudadanos. Sin embargo, la movilidad y su marco normativo periférico siempre ha sido polémica. Las autoridades han sido incapaces de tener leyes eficientes cuando de estrategia de movimiento se trata. Son incapaces de tener éxito, y hoy lo vemos con el caso de las multas a través de un sistema fotográfico.

¿Quién evalúa al gobierno? ¿Quién le aplica las multas por no hacer bien su trabajo? Hoy somos testigos de la unilateralidad en la toma de decisiones que podría cambiar con el primer revés al Reglamento y su ineficiente operación.

http://www.excelsior.com.mx/opinion/federico-doring/2017/03/12/1151556

 

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