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Boletín 1339: Reforman diputados la Ley para establecer la objeción de conciencia de personal médico y enfermeras del sector salud

MARTES, 10 DE OCTUBRE DE 2017

Ciudad de México, 10 de octubre de 2017

 

 

  • El ejercicio de la objeción de conciencia, siempre estará supeditado a no poner en riesgo la salud o la vida del paciente: Dip. Teresa Lizárraga
  • “Nosotros vamos por el pleno ejercicio de las libertades individuales, incluyendo la objeción de conciencia”: Dip. Jorge Triana
  •  Yo creo en las libertades, en los límites del Estado”: Dip. Santiago Torreblanca

 

Con 313 votos a favor, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó permitir que personal médico y enfermeras del sector salud del sistema nacional de Salud puedan hacer valer la objeción de conciencia.

 

“La objeción de conciencia es una expresión concreta de la libertad humana. Puede ser definida como el derecho a expresar la negativa a realizar determinados actos o servicios, derivados de una orden de autoridad o de una norma jurídica cuando estos contradicen los propios principios éticos o morales, explicó la diputada Teresa de Jesús Lizárraga Figueroa, al posicionar a nombre de la Comisión de Salud, el dictamen que adiciona el artículo 10 BIS a la Ley General de Salud

 

La objeción por tanto, entra en juego cuando se da un choque entre la norma legal que obliga un hacer y la norma ética o moral que se opone a esa actuación-

Aseguró que el dictamen establece de forma explícita, que el ejercicio de la objeción de conciencia, siempre estará supeditado a no poner en riesgo la salud o la vida del paciente y a que no derive en la comisión de un delito, pues el ejercicio de ningún derecho debe asentarse sobre la base de una acción delictiva.

 

También dijo Lizárraga Figueroa que se busca garantizar la objeción de conciencia a médicos y enfermeras, mediante el ejercicio libre de sus convicciones éticas.

 

 “La objeción de conciencia reconoce un sistema jerárquico de bienes jurídicos tutelados, por ello, aunque representa la protección de la libertad, ésta no se considera superior a la vida, por ello se establece como condición para su ejercicio, que ésta no atente contra la salud, ni mucho menos contra la vida de las personas”, afirmó en tribuna.

 

Al posicionar en nombre del Grupo Parlamentario de Acción Nacional, el diputado Jorge Triana Tena defendió el derecho a la objeción de conciencia al señalar que está consagrado en el artículo 24 de la Constitución.

 

El legislador afirmó que uno de los grandes problemas que enfrenta nuestro país es el marco normativo que se encuentra bajo un régimen notoriamente prohibicionista y restrictivo de libertades individuales, a pesar de que un derecho “no es una graciosa concesión” que puede dar el Estado.

 

“Nosotros vamos por el pleno ejercicio de las libertades individuales, incluyendo la objeción de conciencia”, advirtió en tribuna

 

Lamentó que partidos políticos que se dicen liberales busquen coartar una libertad personal básica e inalienable, que incluso está consagrada en  la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

 

Aseguró que el derecho a la libertad de conciencia no implica ningún riesgo, toda vez que en los artículos transitorios  se establece que será la autoridad la encargada de llevar a cabo la homologación de la normatividad administrativa para acotar excesos.

 

En Acción Nacional, dijo, jamás se estaría empujando alguna propuesta que coarte algún derecho individual o alguna libertad de una persona.

 

“No quieran venir a vender una situación apocalíptica, crítica, que nos va a llevar, por supuesto, al alarmismo”, sentenció Triana Tena.

 

Recordó que en la Ciudad de México desde hace años cohabitan dos derechos: el derecho de la mujer a interrumpir el embarazo y la objeción de conciencia, sin que haya colapsado el Sistema de Salud de la capital del país.

 

“Hay derecho de objeción de conciencia para el servicio militar, derecho también de objeción de conciencia inclusive para temas tributarios y en algunos países este concepto se utiliza para el derecho al voto, porque tiene que ver con una libertad individual, personal. Si esta emana de un asunto religioso, ético, moral, es un asunto que a nosotros no nos importa, porque todos podemos hacer lo que queramos en un marco de la ley, siempre y cuando no perjudiquemos a otra persona y no atentemos contra la vida, contra la libertad y contra la propiedad de otro ciudadano mexicano”, afirmó.

 

Por último, para hablar en pro del dictamen, el diputado Santiago Torreblanca Engell dijo que toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión, este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia individual o colectivamente tanto en público como en privado, por la enseñanza a la práctica como es el caso, el culto y la observancia.

 

Aclaro que  si “un médico del sector público decida no llevar a cabo un procedimiento que va en contra de sus principios, por motivos religiosos o no, si la persona, el paciente, tiene garantizado su derecho a la salud, sería absurdo pensar que una clínica únicamente va a tener un médico dispuesto a realizar el procedimiento, pero inclusive  si ese fuera el debate, trae un propio candado la propuesta, claramente dice  que cuando se ponga en riesgo la vida del paciente o se  trate de una urgencia médica, no podrá invocarse  esta objeción”.

 

Para concluir, afirmó: “yo creo en las libertades, yo creo en los límites del Estado, yo creo que la persona humana está por encima del Estado y, por eso, mi voto y el voto de Acción Nacional va a ir a favor”.

 

 

El dictamen fue remitido al Senado de la República para sus efectos constitucionales.

 

 

 

 

 

--ooOOoo--

YMJ 

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