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Boletín 1213. Certificación de servidores públicos y fortalecer el sistema de combate al lavado de dinero, propone la Dip. Minerva Hernández Ramos

MIÉRCOLES, 24 DE MAYO DE 2017

 

Ciudad de México, 24 de mayo de 2017

  • Presenta dos iniciativas en la Comisión Permanente, en el Senado de la República.

Con la finalidad de regular la certificación de los servidores públicos y fortalecer las acciones para combatir el lavado de dinero, la diputada Minerva Hernández Ramos presentó dos iniciativas para reformar la Ley para el Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, así como la  Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

 

Durante la Sesión de la Comisión Permanente, la legisladora explicó que las propuestas presentadas cuentan con el apoyo de diversos grupos parlamentarios que conforman el Caucus Anticorrupción.

 

Con la iniciativa que reforma los artículos 11, 13 y 43, así como el artículo 17 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Federación, la diputada Minerva Hernández Ramos detalló que se busca elevar la calidad del desempeño y preservar la práctica profesional de los servidores públicos que se integran al Servicio Profesional de Carrera, al tiempo que coadyuvaría en la educación profesional continua de los servidores públicos y garantizaría la actualización de los conocimientos técnico-profesionales de los servidores públicos para el cumplimiento de su responsabilidad social.

En la propuesta destaca:

 

1) Establecer que el servidor público de carrera deberá participar en los programas de certificación profesional;  2) Incluir en el Subsistema de Capacitación y Certificación de Capacidades la certificación profesional; 3) Puntualizar que la SFP identificará y definirá a los organismos auxiliares que actúen como entidades certificadoras de las profesiones contempladas en el Servicio Profesional de Carrera, incluyendo aquellos que requieran la formalización de la educación profesional continua; 4) Permitir que las dependencias puedan celebrar convenios con los organismos auxiliares que actúen como entidades certificadoras de las profesiones contempladas; y, 5) Precisar que las delegaciones en las entidades federativa deberán incluir dentro del servicio profesional de carrera la certificación profesional.

 

Mientras que la reforma que adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, propone que quienes realizan actividades vulnerables no financieras mantengan medidas de control, que incluyan la participación de una auditor externo que evalúe e informe del cumplimiento de dichas obligaciones.

 

Ya que dijo: “En México, el SAT no cuenta con suficientes recursos humanos y económicos para realizar visitas de verificación representativa a una población de sujetos obligados”.

 

Con estos cambios, agregó, se fortalecería el sistema de combate al lavado de dinero, ya que quienes realizan  actividades  vulnerables no financieras mejorarían su nivel de cumplimiento y serían más eficientes en la prevención de este delito, al aportar información más útil, con lo que se lograrían procesos y sentencias que realmente castiguen este tipo de conductas que tanto afectan el desarrollo del país.

 

Entre los principales puntos resaltan: 1) determinar que quienes realicen actividades vulnerables deberán contar con la revisión por parte de un auditor externo independiente para evaluar y emitir un informe anual respecto del cumplimiento de las obligaciones en la materia; 2) señalar que los resultados de la revisión deberán ser presentados en formato de informe a la persona que realiza la actividad vulnerable o al encargado de cumplimiento y al órgano de administración, a fin de evaluar la eficacia operativa y dar seguimiento a los programas de acción correctiva que resulten aplicables; 3) facultar a la SHCP para determinar los requisitos que deberá contener dicho informe; 4) especificar que la información deberá ser conservada por quien realiza la actividad vulnerable durante un plazo no menor a diez años y remitirse a la SHCP dentro de los 90 días naturales siguientes al cierre del ejercicio al que corresponda la revisión; 5) aplicar las multas correspondientes a quienes Incumplan con la obligación de presentar el informe previsto; y, 6) homologar la legislación para sustituir los salarios mínimos por la Unidad de Medida y Actualización.

 

La iniciativa que busca regular la certificación profesional de los servidores públicos fue turnada a la Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados, mientras que la  propuesta  que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, fue turnada a la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados.

 

 

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