Ciudad de México, a 29 de julio de 2016
- Fonseca Carrillo se benefició de un vacío que hay entre la Ley de Ejecución Penal y el Código Penal Federal
- Presentará iniciativa en la Comisión Permanente para evitar que terminen sus sentencias en prisión domiciliaria
El diputado federal del Partido Acción Nacional, Federico Döring, lamentó que por un vacío en la legislación, el narcotraficante Ernesto Fonseca Carrillo, “Don Neto”, se benefició con la prisión domiciliaria porque el delito cometido no estaba contemplado en los supuestos de la Ley de Ejecución Penal, aprobada en esta legislatura.
Explicó que actualmente La ley de Ejecución Penal contempla que las personas sentenciadas por la comisión de los delitos de trata de personas, delincuencia organizada y secuestro, están excluidas del beneficio de obtener la sustitución de pena privativa de libertad o prisión domiciliaria.
Sin embargo, de acuerdo con el Código Penal Federal solamente están excluidos de la prisión domiciliaria los sentenciados por la comisión de delitos de secuestro y por lo tanto delincuentes como “Don Neto”, sí pueden terminar de purgar sus condenadas fuera del penal.
El artículo 55 establece que en el caso de que el imputado sea una persona mayor de 70 años de edad o afectada por una enfermedad grave o terminal, el Órgano jurisdiccional podrá ordenar que la prisión preventiva se ejecute en el domicilio de la persona imputada o, de ser el caso, en un centro médico o geriátrico, bajo las medidas cautelares que procedan, en todo caso la valoración por parte del juez se apoyará en dictámenes de peritos. La revisión de la medida cautelar podrá ser promovida por las partes quienes además ofrecerán pruebas para dicho efecto.
“Esta contradicción puede beneficiar a aquellas personas que cometieron delitos de trata de personas y delincuencia organizada, pues pueden acudir al Principio de Derecho Penal que garantiza que el indiciado o sentenciado, podrá beneficiarse de la norma jurídica que más beneficios le proporcione y acudir ante el juez para que se le aplique lo dispuesto en Código Penal Federal”, precisó el legislador federal.
Aseguró que ante el beneficio legal alcanzado por el “Don Neto” los diputados federales de Acción Nacional presentarán una iniciativa para derogar el cuarto párrafo del artículo 55 del Código Penal Federal, para que se mantenga el espíritu del artículo 144 de la Ley de Ejecución Penal que establece:
“El Juez de Ejecución podrá sustituir la pena privativa de la libertad por alguna pena o medida de seguridad no privativa de la libertad, previstas en esta Ley cuando durante el periodo de ejecución se actualicen los siguientes supuestos:
Sólo podrán aplicarse los sustitutivos descritos en las fracciones anteriores cuando se actualicen los supuestos durante la ejecución de la pena, así como a las personas que al momento de ser sentenciadas se ubiquen en las hipótesis previstas en este artículo, siempre que subsistan las causas durante la ejecución.
No procederá la sustitución de pena por delitos en materia de delincuencia organizada, secuestro y trata de personas”.
“Los diputados federales estamos obligados a hacer una revisión constante de la leyes para evitar que los delincuentes, responsables de delitos graves y que han causado un gran dolor a las familias mexicanas se beneficien de los vacíos y es por eso que en la próxima sesión de la Comisión Permanente, presentaremos la presente iniciativa”, finalizó Federico Döring.
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MRA