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Iniciativa que reforma el artículo 149 Ter del Código Penal Federal, a cargo de la diputada Kathia María Bolio Pinelo

MARTES, 14 DE NOVIEMBRE DE 2017

INICIATIVA QUE REFORMA EL ARTÍCULO 149 TER DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL, A CARGO DE LA DIPUTADA KATHIA MARÍA BOLIO PINELO 

La que suscribe, Kathia María Bolio Pinelo, diputada federal de la LXIII legislatura del honorable Congreso de la Unión, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, con fundamento en lo contenido en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 6, numeral 1, fracción I, 77 numerales 1 y 3, y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, somete a consideración del pleno de esta honorable Cámara de Diputados la presente iniciativa con proyecto de decreto que reforma el artículo 149 Ter del Código Penal Federal, al tenor de la siguiente:

Exposición de motivos

Hay palabras que duelen más que un golpe, son aquellas palabras que llevan como etiqueta un trato desfavorable, despectivo y lleno de desprecio a una determinada persona.

Muchos mexicanos enfrentan la discriminación, ese grave problema que desafortunadamente crece día a día en nuestro país sin que ninguna autoridad le ponga un alto. La discriminación se sufre a cualquier edad y en cualquier lugar, en las calles, en la escuela, en el hogar, en el trabajo y en otros lugares públicos.

Nuestra constitución señala en su art 1: “Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.

Este es un problema que daña a toda la sociedad, por lo que nos involucra a todos, ya que si bien algunos no han sufrido discriminación, eso no les exenta de poder recibirla en algún momento de su vida o que cualquier mexicano pueda sufrirla. Por lo que necesitamos profundizar más en el tema, involucrarnos y actuar de inmediato.

Debemos sensibilizar a todo el país a no fomentar la discriminación de ningún tipo; no es tarea fácil, pero tenemos que iniciar ahora: dar el paso para tener un México sin discriminación, ya que afecta y daña a todos los mexicanos.

Necesitamos que el gobierno federal sea firme en la lucha contra este problema, que desafortunadamente en pleno siglo XXI sigue estando presente y cada vez con mayor frecuencia.

Las personas con discapacidad, adultas mayores, niñas, niños, jóvenes, personas indígenas, con VIH, con preferencias sexuales diferentes, con identidad de género distinta a su sexo de nacimiento, personas migrantes, refugiadas, entre otras, son más propensas a vivir algún acto de discriminación, ya que existen creencias falsas en relación a temerle o rechazar las diferencias. No obstante, debemos estar conscientes de que las personas, en lo único que somos iguales, es que todos tenemos el mismo valor como seres humanos.

Algunos ejemplos claros de conductas discriminatorias que señala el Consejo Nacional Para Prevenir la Discriminación son:

1. Impedir el acceso a la educación pública o privada por tener una discapacidad, otra nacionalidad o credo religioso.

2. Prohibir la libre elección de empleo o restringir las oportunidades de acceso, permanencia y ascenso en el mismo, por ejemplo, a consecuencia de la corta o avanzada edad.

3. Establecer diferencias en los salarios, las prestaciones y las condiciones laborales para trabajos iguales, como puede ocurrir con las mujeres.

4. Negar o limitar información sobre derechos reproductivos o impedir la libre determinación del número y espaciamiento de los hijos e hijas.

5. Negar o condicionar los servicios de atención médica o impedir la participación en las decisiones sobre su tratamiento médico o terapéutico dentro de sus posibilidades y medios.

6. Impedir la participación, en condiciones equitativas, en asociaciones civiles, políticas o de cualquier otra índole a causa de una discapacidad.

7. Negar o condicionar el acceso a cargos públicos por el sexo o por el origen étnico.

El Código Penal Federal establece en su artículo 149 Ter el delito de discriminación, que es un delito contra la dignidad de las personas, señalando textualmente en dicho artículo lo siguiente: “Se aplicará sanción de uno a tres años de prisión o de ciento cincuenta a trescientos días de trabajo a favor de la comunidad y hasta doscientos días multa al que por razones de origen o pertenencia étnica o nacional, raza, color de piel, lengua, género, sexo, preferencia sexual, edad, estado civil, origen nacional o social, condición social o económica, condición de salud, embarazo, opiniones políticas o de cualquier otra índole atente contra la dignidad humana o anule o menoscabe los derechos y libertades de las personas mediante la realización de cualquiera de las siguientes conductas:

I. Niegue a una persona un servicio o una prestación a la que tenga derecho;

II. Niegue o restrinja derechos laborales, principalmente por razón de género o embarazo; o limite un servicio de salud, principalmente a la mujer en relación con el embarazo; o

III. Niegue o restrinja derechos educativos.

Este artículo establece que el delito de discriminación se persigue por querella, es decir únicamente el afectado puede denunciar.

Hoy en día vemos diversos videos que circulan en redes sociales de diversos actos de discriminación que los ciudadanos graban siendo testigos, buscando con su difusión que las autoridades tomen cartas en el asunto ante estos terribles actos que dañan a las personas; pero, desafortunadamente, en la gran mayoría de las ocasiones no existe una sanción, por lo que queda impune dicho delito de discriminación.

http://www.conapred.org.mx/index.php?contenido=pagina&id=84& id_opcion=142&op=142

Necesitamos leyes con sanciones drásticas, pero también necesitamos autoridades que sepan y hagan valer esas sanciones.

Si bien la discriminación no es considerada en la ley como un delito grave, son graves las consecuencias para quien es víctima de este delito, por lo que la iniciativa tiene la intención de poner sanciones que ataquen de raíz este grave problema que hoy existe en nuestro México, por lo que esta reforma establece las bases para impulsar una política pública de respeto irrestricto a derechos humanos y que ataque frontalmente cualquier conducta discriminatoria.

El delito de discriminación no únicamente es de orden federal, en la mayoría de los casos la transgresión es del orden local, por lo que los congresos estatales igualmente deberían realizar los ejercicios de armonización legislativa.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) presentó la séptima edición de la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción de la Seguridad Pública (ENVIPE) 2017, encuesta que muestra cifras sumamente alarmantes; entre ellas la que señala que el 93.6 por ciento de los delitos no se denuncian, es decir únicamente uno de cada diez delitos que se comenten en el país es denunciado. Entre los principales motivos que llevan a la población a no denunciar están que considera como pérdida de tiempo ir a denunciar y la desconfianza en la autoridad.

Por lo que propongo también que, en esta iniciativa, el delito de discriminación no se persiga por querella como está establecido en la ley, sino que se persiga de oficio, es decir que cualquier ciudadano pueda denunciar, aunque no sea directamente el afectado, lo que obligaría a la autoridad a realizar las investigaciones correspondientes y, si así lo amerita, poner las sanciones que marque la ley.

Como presidenta de la Comisión Especial sobre la No Discriminación en la Cámara de Diputados, busco construir un presente más justo y digno para todos, sin discriminación y sin desigualdades, todos somos iguales ante la ley y ante dios, necesitamos un México sin discriminación.

Por lo anteriormente expuesto, someto a la consideración del pleno de la Cámara de Diputados la siguiente iniciativa con:

Proyecto de decreto

Artículo Único. Se reforma el artículo 149 Ter del Código Penal Federal para quedar como sigue:

Transitorio

Único. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Palacio Legislativo de San Lázaro, a 14 de noviembre de 2017.

Diputada Kathia Maria Bolio Pinelo (rúbrica)

Diputados

 

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