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TRABAJO LEGISLATIVO

Sobre la proclamación de las Leyes de Reforma

JUEVES, 3 DE SEPTIEMBRE DE 2015
El diputado Luis de León Martínez Sánchez: Buenas tardes. Señoras y señores diputados, nuestro país ha vivido transformaciones de enorme magnitud para garantizar la existencia de instituciones democráticas. La revolución de independencia, las leyes de reforma, la revolución de 1910, y la transición a la democracia en el México contemporáneo, son los cuatro grandes periodos históricos mexicanos. Las leyes de reforma brindaron a nuestro país la cimentación del Estado, la separación entre la iglesia y el Estado, y el acceso a la democracia liberal. Actualmente es una tradición que se ha consolidado, luego de circunstancias históricas muchas veces conflictivas que se sucedieron durante más de 140 años. Sin embargo durante el siglo XIX y buena parte del XX, la laicidad del Estado era considerada como una especie de ideología o confesión oficial, persecutoria de la religión, aduciendo a razones que en su momento histórico tuvieron una experiencia y una explicación por la antigüedad de la vinculación entre el poder del Estado y el de la Iglesia, pero que desde hace décadas y en la actualidad debe ser considerada como la norma que establece la no intromisión de los asuntos que son propios del uno, en los asuntos que son propios del otro. En términos juaristas, la laicidad es también el parámetro que asegura buena parte del respeto al derecho ajeno, que abarca la libertad de pensamiento, de creencias y de culto para todos los ciudadanos. Actualmente vivimos y convivimos en paz porque nuestro estado laico tiene entre sus características fundamentales la libertad religiosa, que es también libertad de expresión de todos los ciudadanos, así sean ministros de culto de cualquier confesión religiosa o cualquier ideología política y la tolerancia. El derecho a la libertad religiosa no se limita a la libertad de creencia o de conciencia, porque la creencia se refiere a convicciones de la conciencia personal, en tanto que el derecho a la libertad religiosa es un término más amplio que supone un ejercicio que se observa en la vida cotidiana y social. Finalmente, no es laicidad la que garantiza la autonomía de las instituciones. La garantía está en los ordenamientos que las establecen, que le señalan sus objetivos, los procedimientos, los recursos necesarios para alcanzarlos y las condiciones en que dichos procedimientos deben realizarse. Señoras y señores diputados, hoy a más de 150 años de estas leyes, los legisladores y legisladoras de esta LXIII Legislatura sabremos estar a la altura de las grandes transformaciones necesarias para garantizar un sistema político democrático pleno en libertades y en su garantía por parte del Estado. Esa es la convicción de un oaxaqueño, esa es la convicción de Acción Nacional. Muchas gracias. El Presidente diputado José de Jesús Zambrano Grijalva: Gracias, diputado de León Martínez.

 

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